
En Colombia vuelve a abrirse la discusión sobre el derecho de las mujeres a decidir sobre la continuidad de un embarazo. En 2026 fueron radicados nuevos proyectos que buscan fortalecer la protección constitucional de la vida desde la fecundación, entre ellos el Proyecto de Acto Legislativo 114 de 2026 que propone modificar el artículo 11 de la Constitución para establecer expresamente que la protección constitucional de la vida comienza desde la fecundación y reconocer al ser humano en gestación como sujeto de especial protección constitucional.
A esa propuesta, se suma el Proyecto de Ley 053 de 2026, que plantea medidas para proteger la vida humana desde la fecundación y fortalecer las acciones estatales de apoyo a la maternidad y a las mujeres gestantes, en el que sus autores sostienen que el Estado debe mejorar la información, el acompañamiento y el acceso a programas de apoyo para las mujeres embarazadas.
Pero lo que no tienen en cuenta ninguna de estas propuestas es que de un lado, no existen condiciones sociales para que una mujer que continúa un embarazo pueda ejercer la maternidad y para que ese niño o niña tenga garantizado un desarrollo integral y, de otro, que las mujeres tienen derecho a decidir si quieren o no ser madres.
Y es que ser madre no significa únicamente llevar adelante un embarazo. Significa asumir, durante años, responsabilidades de alimentación, vivienda, salud, educación, cuidado, protección, afecto y tiempo. Por ello, hablar de maternidad implica también hablar de empleo, ingresos, vivienda, servicios públicos, educación, salud, jardines y sitios de cuidado socializado y distribución del trabajo doméstico.
Los datos muestran que estas condiciones están lejos de estar garantizadas para toda la población. Según el DANE, en 2025 el 28 % de la población colombiana se encontraba en pobreza monetaria y el 9,6 % en pobreza monetaria extrema. En las zonas rurales dispersas, la pobreza monetaria alcanzó el 39,5 %. Pero la situación de las niñas y niños también evidencia las dificultades materiales que enfrentan millones de familias. UNICEF señaló en septiembre de 2026 que 5,9 millones de menores de edad se encontraban en hogares en pobreza monetaria en 2025 y que el 43 % de los niños y niñas vivían en hogares cuyos ingresos no alcanzaban para cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación y vestido.
Es una contradicción que no puede ser soslayada porque el Estado no puede simplemente exigir la continuidad de todos los embarazos sin garantizar simultáneamente las condiciones económicas y sociales necesarias para sostener todas esas maternidades y, mucho menos, sin tener en cuenta la decisión de las mujeres respecto a su maternidad.
Esta discusión también debe incorporar una realidad del cuidado que frecuentemente es subvalorada e invisibilizada. Las cifras del DANE muestran que, durante 2024, las mujeres dedicaron en promedio 23 horas semanales al trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, frente a 9 horas de los hombres. Lo que significa que la maternidad no se desarrolla en condiciones sociales iguales, porque en una sociedad donde las responsabilidades de cuidado continúan distribuyéndose de manera desigual, una decisión reproductiva puede tener consecuencias económicas, laborales, educativas y personales especialmente fuertes para las mujeres.
Así las cosas, la decisión sobre ser o no madre, es propia de las mujeres y nadie más tiene derecho a influir o imponer esta decisión. Quienes defienden estos proyectos plantean que la protección de la vida desde la fecundación debe estar acompañada por políticas de apoyo a la maternidad, una falacia con la que intentan aplastar el derecho — conquistado con organización y lucha — de la interrupción voluntaria del embarazo, aprobado con la Sentencia C-055 de 2022 que estableció que el aborto consentido no es punible hasta la semana 24 de gestación y mantuvo, después de ese límite, las circunstancias establecidas por la Sentencia C-355 de 2006.
Además, el Ministerio de Salud establece que la atención de la interrupción voluntaria del embarazo es esencial, urgente, gratuita e integral y que debe prestarse de manera segura, independientemente de la condición socioeconómica de la persona que la solicite. Pero reconocer un derecho en la legislación no significa que todas las mujeres puedan ejercerlo en igualdad de condiciones, de hecho una investigación publicada por El País en agosto de 2026, citando datos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud de 2025, señaló que solo el 49,5 % de las mujeres que solicitan una interrupción voluntaria del embarazo logra acceder a ella dentro del plazo legal, con barreras como demoras, falta de información y obstáculos dentro del sistema de salud.
Cuando una mujer no desea continuar un embarazo, pero encuentra obstáculos para acceder a un servicio legal y seguro, la necesidad de interrumpirlo no necesariamente desaparece. Lo que puede cambiar es el lugar y las condiciones en las que intenta hacerlo. La Organización Mundial de la Salud señala que el aborto inseguro puede producir lesiones graves y muerte materna y las desigualdades económicas y territoriales aumentan la exposición a procedimientos inseguros, especialmente entre mujeres con menos recursos y quienes viven lejos de servicios sanitarios. Por eso las restricciones que imponga el sistema de salud, son una amenaza a la vida de las mujeres, porque las desplazan hacia sitios clandestinos y de mayor riesgo.
En ese sentido, defender el derecho al aborto no significa desconocer el valor de la vida. Significa reconocer que la vida y la dignidad de las mujeres también forman parte del problema que el Estado debe proteger.





